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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 210

Decreto Con Fuerza de Ley 210

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1122832 / 9949844.

Texto oficial

Artículo 1.o Corresponde al Ministerio de Marina la fiscalización, control y disposición de las playas y de los terrenos fiscales colindantes con éstos, dentro de una faja de 80 metros de ancho en los mares, ríos y lagos de la República; de las rocas, fondos del mar y porciones de agua dentro de las bahías y a lo largo de la costa litoral y de las islas.