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Artículo 36 de la Ley S/N · Contribucion sobre la renta

Contribucion sobre la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123280 / 9968815.

Texto oficial

Art. 36. El fallo deberá acordarse por mayoría absoluta de sufragios; en caso de empate decidirá el juez que presidiere el jurado.