Texto oficial
Artículo 14º.- Interconexión de los sistemas.- El Tribunal de la Contratación Pública y la Corporación Administrativa del Poder Judicial celebrarán un convenio para interconectar los sistemas informáticos disponibles, permitiendo la remisión expedita de los recursos que se interpongan ante los tribunales que integran el Poder Judicial o los exhortos que soliciten la ejecución de las actuaciones probatorias, trámites o diligencias.