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Artículo 13 de Auto Acordado 165

Corte suprema acta 165 - 2018

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123619 / 9953084.

Texto oficial

Artículo 13º.- Licencias y Permisos.- Las licencias y permisos de los jueces titulares y suplentes del Tribunal así como las del Ministro de Fe, serán autorizados por el Presidente.