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Artículo 2 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1124827 / 9970808.

Texto oficial

Art. 2.° Créase una Corte de Apelaciones, con asiento en la ciudad de Valparaíso, que se compondrá de cinco miembros i tendrá un fiscal, dos relatores, un secretario, un escribiente para el fiscal i dos oficiales de sala. El distrito jurisdiccional de esta Corte comprenderá las provincias de Valparaíso, Antofagasta i Tarapacá, el Territorio de Magallanes i la provincia de Tacna, mientras esté sometida a la jurisdiccional chilena. Sus deberes i atribuciones serán las que determina la lei de 15 de octubre de 1875 para los tribunales de esta clase.