Saltar al contenido

Artículo 27 de la Ley 21.120 · Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1126480 / 9974945.

Texto oficial

Artículo 27.- Modifícase el artículo 42 de la Ley de Matrimonio Civil, contenida en el artículo primero de la ley N° 19.947, en los siguientes términos: a) Reemplázase, en el número 3°, la expresión final ", y" por un punto y coma. b) Sustitúyese, en el número 4°, el punto final por la expresión ", y". c) Agrégase el siguiente número 5°: "5° Por sentencia firme que acoge la solicitud de rectificación de sexo y nombre por razón de identidad de género.".