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Artículo 29 de la Ley 21.120 · Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1126480 / 9974947.

Texto oficial

Artículo 29.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 2° de la ley N° 20.609, que establece medidas contra la discriminación, la frase "la identidad de género" por "la identidad y expresión de género".