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Artículo TERCERO de la Ley 21.120 · Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1126480 / 9974951.

Texto oficial

Artículo tercero.- La presente ley entrará en vigencia transcurridos ciento veinte días después de la última publicación en el Diario Oficial de los reglamentos a que hace referencia el artículo 26.".