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Artículo 34 de la Ley 21.126

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1126745 / 9977890.

Texto oficial

Artículo 34.- Introdúcense, a contar del 1 de enero de 2019, las siguientes modificaciones en el artículo 59 de la ley N° 20.883: 1) Reemplázase en su inciso primero la cantidad "$369.636" por la siguiente: "$382.573". 2) Agrégase en su inciso primero antes del punto aparte la siguiente oración: "o en el párrafo 2° del título I de la ley N°21.109, según corresponda". 3) Reemplázase en su inciso segundo la cantidad "$26.093" por la siguiente "$27.006".