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Artículo 49 de la Ley 21.126

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1126745 / 9977905.

Texto oficial

Artículo 49.- Créase un cargo de Subdirector de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, grado 3º, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de directivos del Instituto Nacional de Estadísticas, fijada en el artículo 1º de la ley Nº 19.196.