Texto oficial
Artículo 19º.- El Consejo de Coordinación Ciudad-Puerto deberá elaborar y publicar una Memoria Anual en la cual se establezcan los objetivos planteados para el año natural transcurrido y los resultados efectivamente logrados. Para ello, el Consejo deberá mantener estadísticas, reportes y registros de las gestiones realizadas. El documento deberá estar disponible al público en el portal web del Consejo.