Texto oficial
Artículo 2°.- Para los efectos del presente
Reglamento, se entenderá por:
1. Recursos de Aprendizaje: Aquellos elementos que
permiten desarrollar las oportunidades de aprendizaje para
el logro del perfil de egreso de cada una de las
especialidades señaladas en las Bases Curriculares para la
formación diferenciada técnico-profesional. Estos recursos
se agrupan en:
a) Máquinas y equipos: Aquellos destinados para
utilizar, regular o dirigir la acción de una fuerza. Estos
pueden recibir cierta forma de energía y transformarla en
otra para generar un determinado efecto. Las máquinas y
equipos permiten la transformación de materias primas en un
objeto o producto.
b) Instrumentos: Aquellos que permiten comparar
magnitudes físicas a través de la medición, sea
analógica o digital. Los instrumentos pueden clasificarse
de acuerdo con el tipo de magnitud que miden, tales como
masa, tiempo, longitud, ángulos, temperatura, presión,
velocidad y propiedades eléctricas.
c) Herramientas, implementos y utensilios: Aquellos
elementos elaborados con metales, maderas, plásticos y
fibras, utilizados para realizar un trabajo determinado y
que generalmente se manejan manualmente. Para efectos de
este Decreto se incluyen los elementos de protección
personal (EPP) específicos para cada sector o área
productiva o de servicio involucrada.
d) Insumos y fungibles: Elementos que se utilizan o
transforman para desarrollar un producto final o servicio.
e) Material Interactivo: Recursos físicos o
virtuales, que permiten la interacción del estudiante para
realizar prácticas de aprendizaje.
f) Material Bibliográfico: Material o recurso
escrito, impreso, digital y multimedial, que contenga
información de interés general y relativo a las
especialidades.
g) Software: Programa informático, para facilitar y
diseñar las rutinas de los trabajos específicos de las
especialidades.
2. Índice de Uso: La relación entre cada unidad de
recursos de aprendizaje en razón al número máximo de
estudiantes recomendado. Categorías de índices de uso
aplicados:
a) I : Individual (uno por cada estudiante).
b) G/2 : Grupos de dos estudiantes (uno por cada dos
estudiantes).
c) G/5 : Grupos de cinco estudiantes (uno por cada
cinco estudiantes).
d) G/10 : Grupos de diez estudiantes (uno por cada
diez estudiantes).
e) E : Uno por especialidad, resguardando su
disponibilidad para cada curso que lo requiera.
f) P : Cantidad definida de acuerdo con
planificación docente (sólo aplica para Insumos y
fungibles).