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Artículo 6 del Decreto 240

Regula los recursos de aprendizaje que utilice la educación técnico-profesional, y deroga el decreto nº 77, de 2016, del ministerio de educación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1128432 / 9996978.

Texto oficial

Artículo 6º.- El sostenedor o administrador debe evidenciar que los profesionales de la educación de sus respectivos establecimientos educacionales cuenten con la formación académica y/o capacitación suficiente para el uso adecuado de los recursos de aprendizaje. Además, deberá contar con los manuales de operación y mantenimiento del equipamiento respectivo.