Texto oficial
1º Sesi�nes ordinarias y extraordinarias: El Tribunal
Calificador de Elecciones celebrará sus sesiones ordinarias
los días martes de cada semana o el día hábil
inmediatamente siguiente, a las 14:00 horas, para tratar de
las atribuciones que le confiere la Constitución Política
de la República y las demás materias que le señalan las
leyes.
Las sesiones extraordinarias se celebrarán sólo para
tratar los asuntos indicados en la respectiva convocatoria y
se realizarán por iniciativa del Presidente o por
requerimiento de, a lo menos, dos de sus miembros. El
Presidente fijará, para estos efectos, día y hora en que
se celebrará la sesión respectiva.
Además, para el cumplimiento del cometido
constitucional de calificar los procesos electorales de su
competencia, resolver las reclamaciones, efectuar las
rectificaciones a que hubiere lugar, formar el escrutinio
general de los respectivos comicios y efectuar las
declaraciones y proclamaciones pertinentes, sesionará
diariamente hasta cumplir íntegramente su cometido.