Texto oficial
11º Notificaci�nes. Las resoluciones se notificarán
mediante su inclusión en un estado que deberá formarse
diariamente y fijarse en la Secretaría del Tribunal, de lo
cual se dejará constancia en el expediente.
Lo anterior, sin perjuicio que el Tribunal pueda
ordenar notificar una resolución por otro medio o forma.
Las resoluciones una vez notificadas, serán incluidas
en la página electrónica del Tribunal
www.tribunalcalificador.cl, información que no produce
efecto legal en caso alguno.