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Artículo 11 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129132 / 10002482.

Texto oficial

11º Notificaci�nes. Las resoluciones se notificarán mediante su inclusión en un estado que deberá formarse diariamente y fijarse en la Secretaría del Tribunal, de lo cual se dejará constancia en el expediente. Lo anterior, sin perjuicio que el Tribunal pueda ordenar notificar una resolución por otro medio o forma. Las resoluciones una vez notificadas, serán incluidas en la página electrónica del Tribunal www.tribunalcalificador.cl, información que no produce efecto legal en caso alguno.