Texto oficial
34º Interposición de la reclamación. De la
resolución que ponga fin al procedimiento administrativo a
que dé lugar la aplicación del Párrafo 7º de la Ley Nº
18.556, Orgánica Constitucional sobre el Sistema de
Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, se podrá
deducir reclamación para ante el Tribunal Calificador de
Elecciones, dentro del plazo de quinto día contado desde su
notificación.