Texto oficial
35° Plazo para acompañar antecedentes. Todos los
intervinientes tendrán el plazo de cinco días hábiles,
contado desde el ingreso de los autos en secretaría, para
acompañar todos los antecedentes que pretendan hacer valer
para fundamentar su reclamación y, si lo estiman
pertinente, solicitar se traigan los autos en relación.