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Artículo 35 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129132 / 10002512.

Texto oficial

35° Plazo para acompañar antecedentes. Todos los intervinientes tendrán el plazo de cinco días hábiles, contado desde el ingreso de los autos en secretaría, para acompañar todos los antecedentes que pretendan hacer valer para fundamentar su reclamación y, si lo estiman pertinente, solicitar se traigan los autos en relación.