Texto oficial
47º Apelación. En contra de la sentencia que resuelva
el reclamo o la impugnación pronunciada por los Tribunales
Electorales Regionales, con motivo de las declaraciones de
candidaturas de Consejeros Regionales, procederá el recurso
de apelación para ante el Tribunal Calificador de
Elecciones, el que deberá deducirse en el Tribunal
recurrido dentro del plazo de tres días corridos contados
desde la notificación practicada por el estado diario.
Estas reclamaciones o impugnaciones deberán enviarse
sin más trámite, con todos sus antecedentes, por la vía
más rápida, segura y expedita al Tribunal Calificador de
Elecciones.
La remisión del expediente deberá ser comunicada al
Tribunal Calificador de Elecciones, al correo electrónico:
secretaria@tribunalcalificador.cl