Texto oficial
46º Apelación. El requirente, el afectado o el
Servicio Electoral podrá apelar, personalmente o por el
medio electrónico dispuesto al efecto, de la sentencia
dentro del plazo de tres días corridos de su notificación,
ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
El Tribunal Calificador de Elecciones deberá fallar en
el plazo de cinco días corridos de presentada la
apelación.