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Artículo 97 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129132 / 10002594.

Texto oficial

97º Designación por cesación en las funciones. Cuando deba procederse al reemplazo de los miembros de los Tribunales Electorales Regionales, por cesación en las funciones de alguno de ellos, deberá cumplirse con el procedimiento fijado en los artículos 93, 94 y 95 anteriores, debiendo, para este caso, comunicar la vacancia a este Tribunal, por la vía más expedita, dentro de los diez días siguientes a que se produzca la cesación o que asuma el respectivo suplente, en su caso, para efectos de su aceptación o rechazo.