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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto de personal de carácter especial de la comisión para el mercado financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129579 / 10005997.

Texto oficial

Artículo 36.- En los respectivos concursos internos podrán participar los funcionarios que cumplan con las siguientes condiciones: a. Haber sido calificado en Lista de Distinción durante el último período calificatorio; b. No haber sido objeto de ninguna medida disciplinaria durante el último año calendario; c. Tener una antigüedad igual o superior a un año en la Comisión; y, d. Cumplir los requisitos exigidos para el desempeño del respectivo cargo.