Texto oficial
Artículo 55.- Los funcionarios de la Comisión
estarán afectos a las inhabilidades e incompatibilidades
establecidas en los artículos 54 y 56 del decreto con
fuerza de ley N°1-19.653, de 2001, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575,
orgánica constitucional de bases generales de la
Administración del Estado.