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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto de personal de carácter especial de la comisión para el mercado financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129579 / 10006034.

Texto oficial

Artículo 66.- Los funcionarios de la Comisión podrán constituir Asociaciones de Funcionarios de conformidad a lo establecido en la ley N° 19.296.