Texto oficial
Artículo 3.- Autorízase, en conformidad con el artículo 4 de la ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019, el incremento de la suma del valor neto de los montos destinados a Transferencias Corrientes, establecidos en el artículo 1 de la mencionada ley, por un monto que no podrá exceder la cifra de $22.750.000 miles.
Con cargo a los recursos incrementados en virtud del inciso anterior, se financiará el aporte que efectuará el Estado de Chile a la Fundación a que se refiere el artículo 1 de esta ley, así como las transferencias que deban ser efectuadas a otros ministerios para la realización de la COP 25.