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Artículo 3 de la Ley 21.157

Establece el financiamiento, regula la ejecución y dicta otras normas para la implementación de la conferencia internacional para el cambio climático denominada cop 25

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1130840 / 10017381.

Texto oficial

Artículo 3.- Autorízase, en conformidad con el artículo 4 de la ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019, el incremento de la suma del valor neto de los montos destinados a Transferencias Corrientes, establecidos en el artículo 1 de la mencionada ley, por un monto que no podrá exceder la cifra de $22.750.000 miles. Con cargo a los recursos incrementados en virtud del inciso anterior, se financiará el aporte que efectuará el Estado de Chile a la Fundación a que se refiere el artículo 1 de esta ley, así como las transferencias que deban ser efectuadas a otros ministerios para la realización de la COP 25.