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Artículo 13 de la Ley 21.154

Designa al instituto nacional de derechos humanos como el mecanismo nacional de prevención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1130871 / 10018052.

Texto oficial

Artículo 13.- Modificaciones a la ley N° 20.405. Introdúcense en la ley N° 20.405, del Instituto Nacional de Derechos Humanos, las siguientes enmiendas: 1. Agrégase en el inciso segundo del artículo 4 la siguiente oración final: "Lo anterior es sin perjuicio de las atribuciones propias del Comité de Prevención contra la Tortura.". 2. Agrégase en el inciso primero del artículo 11, luego de la expresión "prestará su asesoría al Consejo", la siguiente frase: "y a los expertos del Comité de Prevención contra la Tortura".