Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal del servicio de tesorerías

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1132146 / 10027542.

Texto oficial

Artículo 3°.- La planta de personal fijada en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. El encasillamiento a que se refiere el numeral 1 del artículo 2 de la ley Nº 21.060 entrará en vigencia a contar de la fecha antes señalada. Los encasillamientos a que se refieren los numerales 2 y 3 del artículo 2 de la ley Nº 21.060 entrarán en vigencia a contar de la total tramitación del respectivo acto administrativo que los disponen.