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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal del instituto nacional de desarrollo sustentable de la pesca artesanal y de la acuicultura de pequeña escala, indespa y otras materias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1132484 / 10029608.

Texto oficial

Artículo 7º.- Determínase que la fecha de entrada en vigencia de la planta de personal que se establece en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley, y de la iniciación de actividades del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa, será a los dos meses contados desde la publicación del presente decreto con fuerza de ley en el Diario Oficial.