Texto oficial
Art. 15. Se declara libre de impuesto establecido en el artículo 2.o, las barajas de fabricacion nacional que se esporten en las condiciones fijadas en el Reglamento.
Decreto-lei
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1132509 / 10029560.