Texto oficial
Artículo 28.- De la remisión de los planes de administración. Una vez recepcionado el plan de administración por el Servicio, dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde la fecha en que se recepcione el formulario establecido en el artículo 10 del presente reglamento o desde que el Servicio finalice el procedimiento de que trata el Título II del mismo, el Servicio enviará copia de la solicitud de asignación de caleta, vía correo electrónico, a los integrantes de la Comisión Intersectorial, incluida la Capitanía de Puerto respectiva, remitiéndose también en forma material mediante oficio, el cual incluirá el decreto de destinación del Ministerio de Defensa Nacional.
Al mismo procedimiento quedará sujeta la propuesta de modificación de los planes de administración.