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Artículo 2° del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal de la subsecretaría de educación superior, determina la fecha de entrada en funcionamiento y regula otras materias a que se refiere el artículo sexto transitorio de la ley nº 21.091

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133402 / 10035423.

Texto oficial

Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos de la Subsecretaría de Educación Superior: I.- PLANTA DE DIRECTIVOS Directivos de Exclusiva Confianza. Jefes de División, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años en el sector público o privado, o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar experiencia profesional no inferior a tres años en el sector público o privado. II.- PLANTA DE PROFESIONALES Grados 4º, 5º y 6º EUS, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años en el sector público o privado, o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años en el sector público o privado. Grados 10º, 11º y 12º EUS, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un año en el sector público o privado, o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y, acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años en el sector público o privado. Grados 13º y 14º EUS: Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente. III. PLANTA DE TÉCNICOS Grado 9º EUS: Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como técnico de nivel superior no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Grado 11º EUS: Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como técnico de nivel superior no inferior a dos años en el sector público o privado. Grado 14º EUS: Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como técnico de nivel superior no inferior a un año en el sector público o privado. Grados 15º y 16º EUS: Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. IV.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS Grado 10º EUS: Licencia de Educación Media o equivalente y acreditar experiencia laboral no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Grados 15º y 16º EUS: Licencia de Educación Media o equivalente y acreditar experiencia laboral no inferior a tres años en el sector público o privado. Grado 20º EUS: Licencia de Educación Media o equivalente. V.- PLANTA DE AUXILIARES Grado 18º EUS: Licencia de Educación Media o equivalente y acreditar experiencia laboral no inferior a dos años en el sector público o privado. Grado 22º EUS: Licencia de Educación Media o equivalente. La expresión "validados", utilizada en los párrafos precedentes de este artículo, debe entenderse que comprende el reconocimiento, revalidación y convalidación de títulos profesionales que le corresponde efectuar a la Universidad de Chile, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 153, de 1981, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba los estatutos de esa Casa de Estudios Superiores, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales, vigentes sobre la materia.