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Artículo 140 del Código de Minería

Código de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039976.

Texto oficial

ART. 140 No apareciendo en el contrato el término o cantidad de los avíos, cualesquiera de los contratantes podrá ponerle fin cuando lo crea conveniente, previo el pago de lo debido.