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Artículo 5 del Decreto Ley 446

Decreto Ley 446

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1134122 / 10042767.

Texto oficial

Art. 5.o El presente decreto-lei comenzará a rejir desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.