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Artículo 18 de Resolución 1478 EXENTA

Aprueba normas de funcionamiento interno del consejo nacional de las culturas, las artes y el patrimonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1134818 · idParte: 10045805

Texto oficial

Artículo 18. Vigencia. El presente reglamento, luego de aprobado por el Consejo Nacional, empezará a regir a partir de la total tramitación del acto administrativo que lleve a efecto el acuerdo, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial.