Texto oficial
Artículo segundo: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por la Sección Secretaría Documental, en la tipología "Órganos Colegiados" en el ítem "Actos con efectos sobre terceros"; además, publíquese por el Departamento Jurídico, en el ítem "Actos y documentos publicados en el Diario Oficial" a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º de la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su reglamento.