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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica plantas de personal del servicio de salud metropolitano sur oriente establecidas en el DFL n° 30, de 2017, del ministerio de salud, y en el DFL n° 27, de 1995, del ministerio de salud, y sus modificaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135416 / 10049893.

Texto oficial

Artículo 22. Sobre la modificación de la Partida 16 de la Ley de Presupuestos en lo relativo al Hospital Padre Alberto Hurtado. Modifícase la dotación máxima de personal del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, la que se materializará en el presupuesto del Hospital Padre Alberto Hurtado contemplada en la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente en el año de la entrada en vigencia del encasillamiento, reemplazándola por la cantidad de cargos y horas resultantes luego de la aplicación de la ley N°21.095, distribuidos en las leyes N°18.834, N°15.076 y N°19.664, y de acuerdo al presupuesto vigente para ello en el referido Hospital. Los ajustes derivados de la aplicación de este artículo serán establecidos por medio de decretos del Ministerio de Hacienda, dictados conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto ley N° 1.263, de 1975.