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Artículo 5 de la Ley 4.043

Ley 4.043

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135733 / 10052982.

Texto oficial

Art. 5.o Autorízase al consejo para contratar, con garantía fiscal, un crédito en cuenta corriente, hasta por quinientos mil pesos ($ 500.000), a la orden del director de Fábricas y Maestranzas del Ejército, destinado a la esplotacion comercial de las fábricas militares. Solo podrá jirarse sobre estos fondos con el visto-bueno del jeneral, director del Material de Guerra.