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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 222

Decreto con fuerza de ley n.o 222

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135734 / 10057955.

Texto oficial

Art. 3.o El Director de la Línea Aérea Nacional tendrá a su cargo la administración de la Línea Aérea Nacional y deberá proceder en cumplimiento de las directivas o acuerdos del Consejo de Administración establecido por esta ley.