Texto oficial
Artículo 5.- Agrégase en el artículo 4 de la ley Nº
20.880, sobre probidad en la función pública y prevención
de los conflictos de intereses, el siguiente numeral 13:
"13. Los miembros del Consejo del Fondo Plurianual para
las Capacidades Estratégicas de la Defensa, establecido en
el Título VI de la ley N° 18.948, orgánica constitucional
de las Fuerzas Armadas.".