Texto oficial
Artículo primero.- Apruébase la Norma Técnica Nº
208, para el "Almacenamiento y Transporte de Medicamentos
Refrigerados y Congelados".
La Norma Técnica aprobada por este decreto, la cual se
adjunta y se entiende formar parte integrante del mismo,
consta de 20 páginas.
Esta Norma Técnica es aplicable a los establecimientos
sanitariamente autorizados que realizan las actividades de
almacenamiento y distribución de este tipo de productos,
tales como, laboratorios farmacéuticos, droguerías,
depósitos de productos farmacéuticos de uso humano,
depósitos de vacunas e inmunoglobulinas, siendo un
complemento de la Norma Técnica Nº 147, del Ministerio de
Salud, para las particularidades que estos productos
representan.
Esta norma técnica no será aplicable a las farmacias,
botiquines y recetarios magistrales.