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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica las plantas de profesionales de los servicios de salud y regula otras materias a las que se refieren los artículos 1° y 2° de la ley n° 21.106

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1137269 / 10060800.

Texto oficial

Artículo 3°. De la provisión de los cargos adicionales creados. Los cargos adicionales creados por el artículo 1° de este decreto con fuerza de ley, se proveerán mediante concursos internos de encasillamiento del personal a ser realizados por los respectivos Servicio de Salud, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2° de la ley N° 21.106, y a las normas del título siguiente.