Texto oficial
Artículo 7°. Del Comité de Selección. El Comité de Selección será el encargado de preparar y realizar el concurso interno de encasillamiento, y estará integrado por el Jefe o Encargado de Personal del respectivo Servicio de Salud, y por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico del Servicio, con excepción del Jefe Superior.
El comité considerará la participación con derecho a voz, de un representante de dos de las asociaciones de funcionarios que, según su número de afiliados, posea mayor representatividad de funcionarios de la planta de profesionales en el Servicio de Salud.