Texto oficial
Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto
establecer las disposiciones aplicables a la coordinación y
operación del Sistema Eléctrico Nacional, así como las
demás materias necesarias para el adecuado ejercicio de las
funciones del Coordinador Independiente del Sistema
Eléctrico Nacional, y los derechos y deberes de los entes
sujetos a dicha coordinación.
Adicionalmente, el presente reglamento contiene las
disposiciones aplicables a la programación de la operación
que deba efectuar el Coordinador Independiente del Sistema
Eléctrico Nacional de los Sistemas Medianos en que exista
más de una empresa generadora en conformidad a la Ley
General de Servicios Eléctricos.