Texto oficial
Artículo 36.- Reconócese durante el año 2018, el
pago del incremento por desempeño institucional de la
asignación de modernización a que se refiere el artículo
6 de la ley Nº 19.553, a los funcionarios de planta y a
contrata que se hayan desempeñado durante dicho año en el
Servicio Administrativo del Gobierno Regional de la Región
de Ñuble y que no hayan percibido durante ese año el pago
de dicho incremento. Durante el año 2018, dicho incremento
ascenderá al mismo porcentaje que por ese concepto hubiera
correspondido en el Servicio Administrativo del Gobierno
Regional de la Región del Biobío durante el año 2018. El
pago de ese incremento se realizará, en una sola cuota, por
el período que durante el año 2018 se hubieren
desempeñado en el Servicio Administrativo del Gobierno
Regional de la Región de Ñuble los funcionarios antes
indicados y siempre que se encuentren en servicio a la fecha
de publicación de esta ley.
Durante el año 2019, el incremento por desempeño
colectivo se pagará en el porcentaje máximo a que se
refiere el artículo 7 de la ley Nº 19.553, a los
funcionarios de planta y a contrata que se hayan
desempeñado durante el año 2018 en el Servicio
Administrativo del Gobierno Regional de la Región de
Ñuble. El pago de ese incremento se realizará en una sola
cuota y siempre que se encuentren en servicio a la fecha de
publicación de esta ley.