Texto oficial
Artículo 45.- Transfiérense los recursos a las
empresas de prestación de servicios alimenticios para
establecimientos escolares y parvularios para que estas
paguen un bono especial a sus trabajadores manipuladores de
alimentos adscritos al programa de alimentación de la Junta
Nacional de Auxilio Escolar y Becas, con contrato vigente al
30 de noviembre de 2019 y de jornada completa, siempre que
no perciban la gratificación a que se refiere el artículo
50 del Código del Trabajo. Este bono ascenderá a
$430.000.-, no será imponible y se pagará por una sola vez
en el mes de diciembre de 2019, a los trabajadores con
contrato vigente a la fecha de su pago. Asimismo, este bono
se pagará al resto de dichos trabajadores con contrato
parcial, en proporción a las horas de contrato. Este bono
se otorgará a un máximo de 13.901 trabajadores a que se
refiere este artículo.