Texto oficial
Artículo 70.- Agrégase en la Ley de Presupuestos del
Sector Público para el año 2020, en la partida 05,
Ministerio del Interior y Seguridad Pública - Gobiernos
Regionales, en la glosa 06 común para todos los programas
02 de los Gobiernos Regionales y para el programa 03 del
Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena,
a continuación del punto final, que pasa a ser coma, el
siguiente texto: "así como también a la Corporación
Nacional Forestal, para enfrentar acciones asociadas con
Incendios Forestales, en el marco del o los decretos
supremos preventivos de emergencia para la temporada
2019-2020, materializándose en la forma señalada en el
artículo 70 del decreto ley Nº 1.263, sin que le sea
aplicable lo establecido en el artículo 26 del mismo cuerpo
legal.".