Texto oficial
Artículo 4º.- La asignación de concursos se
efectuará por sorteo, excluyéndose a la o las comisiones
que hubieren sido sorteadas para concursos anteriores,
formándose al efecto una rueda, hasta que todas hayan
realizado el proceso. Los concursos se asignarán en la
sesión del Tribunal Pleno inmediatamente siguiente al
cierre del mismo.