Saltar al contenido

Artículo 10 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre audiencias públicas para concurso del escalafón primario del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1141841 / 10097211.

Texto oficial

Artículo 10º.- Todas aquellas situaciones no previstas en el presente Auto Acordado deberán ser formuladas al Presidente del Tribunal, quien las someterá a la consideración y decisión del Tribunal Pleno en la sesión más próxima.