Modifica la ley nº 19.712, ley del deporte, la ley nº 20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales, y la ley nº 20.686, que crea el ministerio del deporte, para establecer el deber de contar con un protocolo contra el acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1141905 / 10097579.
Texto oficial
Artículo segundo.- La obligación de acreditar la implementación del protocolo general a que se refiere el artículo 3 de esta ley por parte de las organizaciones deportivas empezará a regir una vez transcurridos seis meses desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto supremo mencionado en el artículo precedente.".