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Artículo décimo tercero de la Ley 21.210 · Moderniza la legislación tributaria

Moderniza la legislación tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142667 / 10103119.

Texto oficial

Artículo décimo tercero.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, sobre Zonas Francas, cuyo texto, refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda: a) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 23 la oración que se encuentra a continuación del punto y seguido por la siguiente: "No obstante la referida exención, los propietarios de empresas acogidas al N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, tendrán derecho a usar en la determinación de sus impuestos finales el 50% del crédito establecido en el número 3 del artículo 56 o del artículo 63 de la misma ley, considerándose para ese sólo efecto que la base imponible de la empresa ha estado gravada con el impuesto de primera categoría.". b) Reemplázase en el artículo 28 el guarismo "2025" por "2035".