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Artículo 56 de la Ley 21.210 · Moderniza la legislación tributaria

Moderniza la legislación tributaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142667 / 10103197.

Texto oficial

Artículo 56.- Si las partes llegan a acuerdo, la Defensoría procederá a elaborar un proyecto de transacción que notificará a las partes para su aprobación. Notificado el proyecto de transacción, se iniciará un procedimiento de comentarios y observaciones con el objeto obtener un proyecto de transacción definitivo elaborado por la Defensoría, pero que deberá ser aprobado en su totalidad por el contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos. Obtenida la aprobación definitiva del proyecto de transacción, la Defensoría citará a las partes para proceder a su celebración ante el Defensor en calidad de ministro de fe.